El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la
Administración autonómica a iniciar procedimiento sancionador contra los
responsables de la película y anula la decisión de archivar la denuncia
interpuesta por la Plataforma La tortura No es Cultura (LTNEC)
El
rodaje, en la plaza de toros de Aranjuez, supuso la tortura y muerte de
nueve novillos, incurriendo en infracciones muy graves tipificadas en
la legislación estatal y autónomica de protección de animales
La película Blancanieves,
dirigida por Pablo Berger, recibió diez premios Goya y fue elegida para
representar a España en los Oscar como Mejor Película Extranjera en
2013.
En concreto, la denuncia se basó en la filmación de imágenes que supusieron la tortura y muerte de nueve novillos
sin la correspondiente autorización para realizar un espectáculo
público de festejo taurino, contando únicamente con permisos para dos
lidias a “puerta cerrada”, como constató el Colegio de Veterinarios de
Madrid.
Por tanto, esa filmación no estaba amparada
por los artículos 2 y 10 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre
potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y
constituyó infracciones muy graves tipificadas en los artículos 24.3.g),
24.3.c) y 24.3.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de
los Animales Domésticos, y en el artículo 14.d) de la Ley 32/2007, de 7
de noviembre, para el Cuidado de los Animales en su Explotación,
Transporte, Experimentación y Sacrificio.
La Ley 1/1990 considera infracción muy grave
“la filmación de escenas con animales para cine o televisión que
conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento cuando éstos no sean
simulados”.
Asimismo, la Ley 32/2007 considera infracción muy grave
“utilizar animales en producciones cinematográficas, televisivas,
artísticas o publicitarias, incluso con permiso de la autoridad
competente, cuando se produzca la muerte de los mismos”.