El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la 
Administración autonómica a iniciar procedimiento sancionador contra los
 responsables de la película y anula la decisión de archivar la denuncia
 interpuesta por la Plataforma La tortura No es Cultura (LTNEC)
El
 rodaje, en la plaza de toros de Aranjuez, supuso la tortura y muerte de
 nueve novillos, incurriendo en infracciones muy graves tipificadas en 
la legislación estatal y autónomica de protección de animales
La película Blancanieves,
 dirigida por Pablo Berger, recibió diez premios Goya y fue elegida para
 representar a España en los Oscar como Mejor Película Extranjera en 
2013.
 En concreto, la denuncia se basó en la  filmación de imágenes que supusieron la tortura y muerte de nueve novillos
 sin la correspondiente autorización para realizar un espectáculo 
público de festejo taurino, contando únicamente con permisos para dos 
lidias a “puerta cerrada”, como constató el Colegio de Veterinarios de 
Madrid.
 Por tanto, esa filmación no estaba amparada 
por los artículos 2 y 10 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre 
potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y 
constituyó infracciones muy graves tipificadas en los artículos 24.3.g),
 24.3.c) y 24.3.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de 
los Animales Domésticos, y en el artículo 14.d) de la Ley 32/2007, de 7 
de noviembre, para el Cuidado de los Animales en su Explotación, 
Transporte, Experimentación y Sacrificio.
 La Ley 1/1990 considera  infracción muy grave
 “la filmación de escenas con animales para cine o televisión que 
conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento cuando éstos no sean 
simulados”.
 Asimismo, la Ley 32/2007 considera  infracción muy grave
 “utilizar animales en producciones cinematográficas, televisivas, 
artísticas o publicitarias, incluso con permiso de la autoridad 
competente, cuando se produzca la muerte de los mismos”.
