Animales como víctimas sexuales.

La reforma del Código Penal que estos días se está tramitando en el Senado debe permitir que en España el abuso sexual de animales sea considerado delito, haya o no contraprestación económica, y que los maltratadores de animales entren en prisión


Parte de la noticia:

Miembros del Observatorio Justicia y Defensa Animal vivimos con gran indignación terribles casos de abusos sexuales a animales acaecidos en nuestro país en los últimos años.
Se trata de casos espeluznantes como el de la perrita Regina, brutalmente violada y asesinada en Carcaixent (Valencia), Estrella, una cachorra de 6 meses a quien violaba un individuo de 65 años que fue condenado al pago de 120 euros, o casos como el de los caballos que pasaron por las manos del conocido como “violador de caballos de El Ejido” (Almería), quien agredía compulsiva y sexualmente a diversos animales hasta que un juez le condenó a ser expulsado del país.
Estos casos y otros muchos fueron expuestos en un extenso Informe Jurídico que diversos juristas elaboramos en 2012 desde el Observatorio, y que fue entregado y explicado tanto a los Ministros de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón y Rafael Catalá, como a los diversos portavoces de las Comisiones de Justicia en el Congreso de los Diputadosy en el Senado. En dicho informe se tuvo ocasión de argumentar jurídicamente la necesidad de que se acometiese una profunda reforma del artículo 337 del Código Penal que regula el delito de maltrato animal. Dicha reforma, promovida desde el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modificaba la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, era esencial para seguir avanzando en el camino de convertirlo en una verdadera herramienta útil para los operadores jurídicos (jueces, fiscales, abogados y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) llamados a aplicarlo y hacerlo cumplir.