Expediente sancionador a la película Blancanieves por matar nueve novillos durante el rodaje.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la Administración autonómica a iniciar procedimiento sancionador contra los responsables de la película y anula la decisión de archivar la denuncia interpuesta por la Plataforma La tortura No es Cultura (LTNEC)
El rodaje, en la plaza de toros de Aranjuez, supuso la tortura y muerte de nueve novillos, incurriendo en infracciones muy graves tipificadas en la legislación estatal y autónomica de protección de animales
La película Blancanieves, dirigida por Pablo Berger, recibió diez premios Goya y fue elegida para representar a España en los Oscar como Mejor Película Extranjera en 2013.


En concreto, la denuncia se basó en la filmación de imágenes que supusieron la tortura y muerte de nueve novillos sin la correspondiente autorización para realizar un espectáculo público de festejo taurino, contando únicamente con permisos para dos lidias a “puerta cerrada”, como constató el Colegio de Veterinarios de Madrid.
Por tanto, esa filmación no estaba amparada por los artículos 2 y 10 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, y constituyó infracciones muy graves tipificadas en los artículos 24.3.g), 24.3.c) y 24.3.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, y en el artículo 14.d) de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el Cuidado de los Animales en su Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio.
La Ley 1/1990 considera infracción muy grave “la filmación de escenas con animales para cine o televisión que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento cuando éstos no sean simulados”.
Asimismo, la Ley 32/2007 considera infracción muy grave “utilizar animales en producciones cinematográficas, televisivas, artísticas o publicitarias, incluso con permiso de la autoridad competente, cuando se produzca la muerte de los mismos”.